Para iniciar tu proceso de inscripción en el Partido Socialista de Chile, descarga la Ficha de Afiliación (si tienes inscripción electoral) o la Ficha de Adhesión (menores y otros casos), según corresponda.
Son derechos del militante:
- a) Elegir y ser elegido dirigente o mandatario en todos los niveles, delegado a conferencias, congresos comunales, regionales y nacionales y, en general, para toda actividad partidaria, cumpliendo con los requisitos establecidos en los artículos 44 y 45, del estatuto PSCH.
- b) Ser informado acerca de las políticas internas y externas del Partido y recibir capacitación y educación política. Ser informado, asimismo, de los riesgos de seguridad que puedan afectar al Partido y acerca de las medidas para su control. La información es un derecho militante que debe garantizarse transparentando toda la información que exista sobre el funcionamiento del Partido al conjunto de la organización. Ello supone poner en red a todos los organismos partidarios y generar un sistema de comunicación interna basado en el principio de la circulación universal de la información partidaria, que comprenda desde el padrón hasta las actas de la Comisión Política y de la Mesa.
- c) Expresar libremente su pensamiento en los organismos que corresponda, sobre cualquier asunto que estime política u orgánicamente útil o necesario para el Partido o para los trabajadores, y defender su juicio sobre la forma de aplicar y desarrollar la línea política del Partido o las instrucciones emanadas de los organismos superiores.
- d) Promover toda clase de iniciativas y sugerencias con miras a la aplicación y desarrollo de la línea política del Partido.
- e) Ejercer su libertad personal para profesar o adherir a cualquier credo religioso o concepción filosófica que no sea incompatible con la defensa de la dignidad humana, la libertad, la democracia y la justicia que inspira al socialismo.
- f) Ejercer su libertad para la reflexión, investigación o creación intelectual, técnica, artística o cultural y para la divulgación de sus conclusiones, opiniones o resultados, sin otra reserva que la de realizarse a título personal.
- g) Recurrir a los organismos superiores contra cualquiera resolución que estime lesiva a sus derechos o libertades.
- h) Ejercer libremente la crítica, en los organismos correspondientes, con espíritu constructivo y partidario.
- i) Discutir en los períodos y organismos fijados en este estatuto sobre la política seguida por el Partido y sobre sus futuras determinaciones, hasta que haya resolución que dé término al debate.
Son obligaciones y deberes del militante:
- a) Formar parte de un núcleo y de los organismos para los que fuere designado. Participar activamente en las deliberaciones y trabajos, independientemente de la importancia o rango del cargo o función de dirigente que ocupe en el Partido. La asistencia regular a los núcleos y la participación en una organización social podrán ser dispensadas a los dirigentes nacionales del Partido, a los mandatarios de nivel nacional y a quienes se encuentren impedidos por razones físicas, laborales o por decisión expresa de la dirección del Partido.
- b) Acatar la línea política que se apruebe, cumplir con las resoluciones de los organismos superiores pertinentes y con las tareas que se le encomienden. El principio de la solidaridad institucional con las decisiones formales del Partido significa que aquellas decisiones políticas que tome un órgano regular del Partido, consensual o mayoritariamente, deben ser respetadas públicamente por los militantes del Partido.
- c) Mantener sus cotizaciones al día, para poder ejercer sus derechos.
- d) Asistir a los cursos de capacitación para los que sea designado.
- e) Hacer vida activa en los frentes de masa y sectores u organizaciones sociales y vecinales que correspondan a su actividad. Promover la creación de esas organizaciones cuando no existiesen, imponerse de sus necesidades más urgentes y procurar su solución, ligando estas acciones a la lucha por el socialismo.
- f) Guardar discreción sobre asuntos internos del Partido y sobre acuerdos y resoluciones cuyo carácter así lo exigiese.
- g) Informar responsablemente sobre su actividad y acerca de las tareas que se le encomienden, a su núcleo o a quien corresponda, según el carácter del mandato o de la información que deba entregar.
- h) Mantener una conducta partidaria y privada consecuente con la ética socialista.
- i) Practicar la solidaridad y fraternidad socialista con los miembros afiliados de los partidos afines extranjeros.
- j) Velar permanentemente por el fortalecimiento de la unidad ideológica y política del Partido; luchar contra todo intento de formación de grupos o fracciones en su interior, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 51, y por el respeto integral a la democracia interna y a sus autoridades orgánicas. Ejercitar la crítica y la autocrítica como forma de superación del trabajo partidario.
- k) Adquirir y propagar la prensa del Partido, ya sean diarios, periódicos, revistas o folletos, divulgar su doctrina y su política, y captar nuevos adherentes.
- l) Oponerse a las actitudes caudillistas o personalistas en la vida del Partido, estimulando el trabajo colectivo y las decisiones de conjunto, tanto en las bases como en las direcciones.